viernes, 29 de enero de 2016

y la Mesa Electoral decide...

Para después impugnar...
Ya pasó en las elecciones sindicales. Nos remontamos al 2014, cuando la Mesa electoral tomó una serie de determinaciones sobre los votos nulos. Determinaciones que a determinado sindicato no le ajustaba demasiado a sus intereses, y pese a estar de acuerdo antes del escrutinio, resulta que después ya no. E impugnaron el resultado electoral.
Estas impugnaciones se dirimen por un arbitraje, y se emite un laudo al respecto. Legalmente tienen tres días desde la personación de sindicatos y empresa, y tras tener esta vista en julio, la Sra. Arbitra dicta laudo en fecha 20 de noviembre de 2015....fecha significativa cuanto menos en la historia de nuestro país, lo que son algo más de tres días, ¿o qué?. La comunicación del laudo llega al Ayuntamiento el 20 de enero de 2016... de las elecciones sindicales celebradas el 19 de diciembre de 2014. Extemporáneo, cuanto menos.
El sentido del laudo es dar por válido el voto que la Mesa había declarado NULO. Y es entonces, cuando la falta de palabra, la mala fé y otras actuaciones del mismo estilo se ponen de relieve.
Se vuelve a constituir Mesa electoral, ya que hay que elaborar nuevas actas de escrutinio, y deshacer el empate a votos entre UGT y STAS-Iv y por dos votos a uno, se decide darle la representación a STAS-IV y quitársela a UGT. Representante que UGT ostentaba desde 19 de diciembre de 2014.
Las consecuencias de las decisiones de la Mesa no se pueden obviar, ya que este sindicato deja de tener representación en la policía local.
Una vez iniciado el caminito de las impugnaciones, todos conocemos la senda.

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