lunes, 28 de enero de 2013

Sobre la jornada

Esta sección sindical tiene claro que el movimiento se demuestra andando. Pasito a pasito. Hemos sido la única sección, como en tantas otras ocasiones, que hemos presentado una propuesta en relación con la jornada. De momento, no hay respuesta. Se debatió durante la MGN que se celebró el día 25 de Enero de 2013, al igual que el calendario laboral de 2013. Se traslada la misma por si alguien quiere aportar o sugerir algo al respecto, sabéis donde encontrarnos...:

Esta Sección sindical en relación con la jornada habitual así como horarios especiales de determinados puestos de trabajo, por la presente EXPONE:

La Disposición adicional septuagésima primera de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 2012 (BOE núm. 156 de 30/06/2012), establece bajo la rúbrica: Jornada general del trabajo en el Sector Público, lo siguiente. «Uno. A partir de la entrada en vigor de esta Ley, la jornada general de trabajo del personal del Sector Público no podrá ser inferior a treinta y siete horas y media semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual>>.

El mandato contenido en la Disposición adicional 71ª de la LPGE para 2012 conlleva en los mismos términos la necesaria adaptación de los horarios del personal laboral al servicio de todas la Administraciones Públicas, incluida la local, dejando en suspenso, en el caso que nos ocupa, lo dispuesto por el artículo 13 y ss. de las Normas reguladoras de las condicones de trabajo de los empleados públicos del Ayuntamiento de Mislata (en adelante NNRR) entre el Excmo. Ayuntamiento de Mislata y el personal a su servicio, así como Anexos I y II, que hasta la fecha de la entrada en vigor de la norma disponía una jornada en cómputo anual de 1474 horas.

Es por ello que se PROPONE acuerdo en los siguientes términos:

- Todo el personal municipal estará sometido al control de presencia debiendo fichar al iniciar su jornada y al finalizar la misma.

- Personal de Policía local. Todas las unidades de la policía local seguirán funcionando de conformidad al cuadrante fijado para el año en curso. Se incorpora a cada turno una franja de tiempo técnico de trabajo (TTT), dispensada de fichaje en el control de presencia, de quince minutos al principio y al final de cada turno para proceder al cumplimiento de las obligaciones legales establecidas en la normativa específica de policía local (equipamiento, preparación de los equipos, etc.). En los servicios operativos se seguirá procediendo como en la actualidad.

- Resto de servicios municipales. Horario de presencia obligatoria: De 8 a 14 horas de lunes a viernes. Flexibilidad de entrada en horario de 7.30 a 8.00 horas. Dicha entrada deberá ficharse en el control de presencia. La salida deberá ficharse siete horas después salvo ausencias justificadas.

Se introduce como factor de complemento de jornada el tiempo técnico de trabajo, consistente en una franja horaria de quince minutos al comienzo y al final de la jornada que se dispensa de fichaje. Estas tramas horarias se habilitan para la preparación de la jornada laboral y la finalización de la misma.

- Personal con reducción horaria (plan concilia, cuidado de familiares, salud laboral, etc.): Horario que determine la resolución autorizante (que deberá ficharse) más el TTT proporcional (que no se debe fichar).

- Personal con horarios especiales: se siguen rigiendo por el horario que tengan establecido en su norma reguladora (que deberá ficharse) más el TTT proporcional (que no se debe fichar).

- Personal con jornadas de 40 horas semanales: El TTT se incluye dentro de la jornada semanal. El fichaje debe incluir todo el tiempo de jornada.

- Tiempo de descanso jornada continua completa: 30 minutos.

No se permite la confección de jornadas de trabajo “a la carta” que no estén amparadas en la Resolución correspondiente debiendo cumplir en todo caso la jornada de 7’5 horas diarias (siete en términos de control de presencia y media hora de TTT).

Asimismo, se establece una bolsa de horas de formación para todo el personal al servicio de esta Administración que computará dentro de la jornada laboral habitual.

Los excesos de jornada, aún fichados, dentro de la cobertura del TTT no serán considerados como horas extra.

Los servicios con horarios especiales seguirán rigiéndose por su normativa propia y en todo caso deberán acreditar en el control de presencia la jornada establecida salvo el TTT.

En cuanto al cómputo anual habrá que valorar aquellos puestos de trabajo que pendientes de catalogación, tienen disponibilidad no retribuida en el complemento específico, y que conforme a lo establecido en el artículo 27 de las NNRR, se compensarán en tiempo efectivo de trabajo atendiendo a la fórmula establecida en el mismo.

Todas estas cuestiones tendrán eficacia a partir del 1 de enero de 2013.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Recuerda que estás haciendo un comentario público, por lo que no te escudes en pseudónimo o en el anonimato para hacer llegar tu opinión.
Un saludo ugetista!